Tanto desde el Gobierno como desde las promotoras se incentiva el alquiler con opción a compra en los periodos de recesión inmobiliaria. Esta modalidad es perfecta para quienes no pueden acceder a un préstamo bancario.
La Reforma del Plan de Vivienda 2005-2008, aprobada recientemente en Consejo de Ministros, introduce la figura del alquiler con opción a compra de viviendas de protección oficial. Según indica la normativa, los inquilinos podrán adquirir el inmueble, transcurridos 10 años desde la construcción del mismo, y tendrán preferencia los que hayan permanecido al menos cinco años en régimen de arrendamiento en dichas viviendas. El precio de la operación de compra establecerá un descuento a cuenta de las rentas pagadas durante el periodo de arrendamiento.
Para informarse de las bolsas de viviendas que se acogen a esta modalidad, lo más aconsejable es contactar con el ayuntamiento de su localidad, donde a través de la consejería de Urbanismo y Vivienda o de otra entidad vinculada a la Administración local o regional, le facilitarán los siguientes datos: Promociones adscritas a esta propuesta, requisitos exigidos para solicitarlas y tipos de ayudas o subvenciones públicas. Otro canal de información es la Sociedad Pública de Alquiler, en cuyo portal de Internet se puede realizar todo tipo de consultas. El tercer website que recomendamos, dirigido a los jóvenes (menores de 35 años) es www.ayudasviviendajoven.es, en el que este colectivo encontrará información acerca de las Viviendas de Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra (VPPA OC).
El cheque-vivienda
Algunas comunidades autónomas contemplan una ayuda denominada cheque-vivienda, que consiste en la entrega de una cantidad económica a los inquilinos que se decantan por la modalidad explicada anteriormente, es decir, arrendatarios de viviendas protegidas con opción a compra. Para acceder a este cheque-vivienda, es imprescindible que los ingresos del solicitante no excedan de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
La cuantía económica de esta subvención oscila entre el 5% y el 15% del precio total de vivienda, en virtud de una serie de condicionantes relacionados con la edad y la situación familiar de los solicitantes. Por ejemplo los jóvenes tienen adjudicado el 10% del precio total de la vivienda, e incluso el 15% si están desempleados, mientras que el titular de familia numerosa recibe una subvención del 5%.
En el valor total de la vivienda se incluye el precio de la Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra (VPPA OC) más el precio del garaje y/o trastero ligados al inmueble (si existen). Sobre esta cantidad total, se calculan los porcentajes apuntados anteriormente y esa es la cuantía que reciben los ciudadanos en concepto de ayudas. Desde las Administraciones regionales y locales, se promueve la construcción de viviendas de protección oficial con características determinadas para satisfacer las necesidades de los distintos colectivos. Así las destinadas a las familias numerosas tienen más metros y mayor número de habitaciones que las dirigidas a los jóvenes.
La iniciativa privada
Dicen los expertos y analistas del mercado inmobiliario que el alquiler con derecho a compra es una fórmula que se potencia en los periodos de crisis o ralentización del sector. De esta forma, las agencias dan salida a muchos inmuebles que de otra manera no se moverían ante la falta de dinamismo del mercado. Esta posibilidad es interesante para aquellas personas que, por su situación económica y laboral, tienen dificultades para obtener un crédito bancario y que no pueden abonar el coste de la entrada. Así, por una cifra que va de los 500 a los 800 euros al mes, en virtud del tipo de vivienda, el arrendatario puede alquilar un piso y transcurridos de dos a cinco años, puede optar a su adquisición. Estos plazos y los descuentos que percibirá el comprador a cuenta de las rentas pagadas por el alquiler, se establecen en el contrato, que contempla todos y cada uno de los supuestos del inmueble. Periodo de alquiler y cuota por el mismo, y plazo para optar a la compra de la vivienda, así como su coste aproximado, teniendo en cuenta su revalorización. La apuesta de las Instituciones por esta modalidad, que en su caso se aplica a los pisos de protección oficial, contribuye de manera importante a que las agencias y empresas privadas se interesen por la misma y son cada día más numerosas las inmobiliarias que lanzan promociones de vivienda nueva acogidas a este forma